jueves, 16 de mayo de 2019

Política Pública LGBTI


De acuerdo con la Dirección de Diversidad Sexual de la Secretaría Distrital de Planeación de la Alcaldía Mayor de Bogotá (2008), el objetivo de la política pública de LGBTI es garantizar el ejercicio pleno de derechos a personas de los sectores LGBTI como parte de la producción, gestión social y bienestar colectivo de la ciudad.

Para dar cumplimiento a la política pública LGBTI el estado, a través de las administraciones distritales y locales, formula y ejecuta planes de acción.

Banco de imágenes Secretaría Distrital de Planeación. (2017). Programa de Buenas Prácticas. [Foto]. 
Recuperado de http://www.sdp.gov.co/gestion-socioeconomica/diversidad-sexual/generalidades

Pese a que el estado ha venido realizando algunos esfuerzos desde hace poco tiempo y que la comunidad LGBTI ya ha conseguido logros importantes como el derecho al matrimonio, ser padres, heredar los bienes de su compañero(a) o indicar libremente su género en el documento de identidad, aun es una minoría frágil, que fácilmente puede ser señalada o discriminada y a la que en la realidad se le vulneran muchos de sus derechos. 


Principios


La formulación, implementación, seguimiento y evaluación de esta Política Pública están orientados por los siguientes principios: 
Adaptada de Secretaría Distrital de Planeación. (2015) Política Pública LGBTI. 


Gestión 10 años de la política LGBTI

La Dirección de Diversidad Sexual (2018) informa que los avances más significativos durante los diez años que lleva implementada la política han sido los siguientes:

-       Fortalecimiento institucional de:
o   Casa refugio LGBTI
o   Centros Comunitarios LGBTI
o   Ruta de atención integral a víctimas de hostigamiento escolar por orientación sexual e identidad de género.
o   Estrategia ambientes laborales para la inclusión y no discriminación en el ámbito laboral.
-       Creación de:
o   Dirección de diversidad sexual en la Secretaría de Planeación.
o   Gerencia de mujer y género en el IDPAC.
o   Subdirección para asuntos LGBTI en la Secretaría de Integración Social.
o   Red Latinoamericana de Ciudades Arco Iris - RCLA-.
o   Red de ciudades aliadas al orgullo.
o   Comedor comunitario Casa Nutrir Diversidad.
o   Unidad Contra la Discriminación -UCD-.

Referencias:

Secretaría Distrital de Planeación. (2015). Política Pública: Garantía de Derechos LGBTI. Bogotá: Secretaría Distrital de Planeación. Recuperado de http://www.sdp.gov.co/


Secretaría Distrital de Planeación. (2018). Una Buena Práctica para la Promoción de los Derechos de los Sectores LGBTI. Bogotá: Secretaría Distrital de Planeación. Recuperado de http://www.sdp.gov.co/

Autor: Danita Castaño Restrepo

Dirección de la Diversidad Sexual



Dirección de Diversidad Sexual


La Alcaldía Mayor de Bogotá, en la búsqueda de fomentar la inclusión y la igualdad, a través de la Secretaría Distrital de Planeación, Subsecretaría de Planeación Socioeconómica, ha creado la Dirección de Diversidad Social un ente dedicado a diseñar, promover y ejecutar planes de acción para garantizar los derechos de la comunidad LGBTI. Para esto está en cabeza del Alcalde la formulación, seguimiento y evaluación de la política pública para las personas LGBTI.



Mayté Calavia (productor) [Mayté Calavia]. (31 de marzo de 2011). Por cuatro esquinitas de nada [vídeo]. 
Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=DBjka_zQBdQ

Funciones de la Dirección de Diversidad Sexual    

De acuerdo con la Secretaría Distrital de Planeación (2015) son funciones de la Dirección de Diversidad:
  1. Dirigir, promover y ejecutar los planes, programas, proyectos y mecanismos de acción distrital que contribuyan al reconocimiento de la diversidad sexual y a la garantía de sus derechos desde los enfoques interseccional y diferencial.
  2. Apoyar y fortalecer los procesos e iniciativas de los grupos y organizaciones de los sectores sociales LGBTI.
  3. Generar procesos de formación, capacitación y difusión sobre los derechos de personas LGBTI dirigidos a funcionarios de la Administración y la sociedad en general.
  4. Hacer el monitoreo y evaluación a la Política Pública para la garantía plena de derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales en el Distrito Capital.
  5. Coordinar la realización de estudios que den cuenta sobre las condiciones de sectores sociales LGBTI en el Distrito Capital.
  6. Proponer ajustes a la normatividad vigente relacionada con la diversidad sexual y los derechos de personas de los sectores LGBTI en el Distrito Capital.
  7. Coordinar la inclusión de los enfoques y perspectivas de género, orientación sexual o la identidad de género en la elaboración, reglamentación, y ejecución de los instrumentos de planeación de la ciudad.



Referencias:

Secretaría Distrital de Planeación. (2015). Política Pública: Garantía de Derechos LGBTI. Bogotá: Secretaría Distrital de Planeación. Recuperado de http://www.sdp.gov.co/PortalSDP/SeguimientoPoliticas/politicasLGBTI/QueEs

Autor: Danita Castaño Restrepo

El enfoque diferencial: Víctimas del Conflicto Armado

PRINCIPIOS INCLUIDOS EN LA LEY 1448 DE 2011 QUE HACEN REFERENCIA A LOS ENFOQUES DIFERENCIALES.

 

En sus principios generales, la Ley 1448 de 2011 —Ley de Víctimas y Restitución de Tierras— incorpora el principio de enfoque diferencial:

Según (Ministerio del Interior 2015). El Estado ofrecerá garantías y medidas especiales de protección a los grupos expuestos a mayor riesgo de las violaciones contempladas en el artículo 3 de la presente ley, como mujeres, jóvenes, niños y niñas, adultos mayores, personas en situación de discapacidad, campesinos, líderes sociales, miembros de organizaciones sindicales, defensores de derechos humanos y víctimas de desplazamiento forzado.


Abad,C.J. (2016). Las conmovedoras imágenes de Jesús Abad Colorado, el fotógrafo que mejor ha retratado el dolor de la guerra en Colombia.[imagen].recuperado de https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-37452970


Las víctimas del conflicto armado han sufrido a lo largo de la guerra, no solo por los grupos armados ilegales, sino también por la misma sociedad, que al llegar a una ciudad como Bogotá los miran de una forma equivocada, donde piensan que talvez solo vienen a que el gobierno los mantenga o  por simple comodidad ,vivir de la caridad de los demás, pero la realidad es otra, son personas como cualquier otra que en su momento tuvieron todo lo necesario para vivir, pero que a causa de una guerra sin sentido lo perdieron todo incluso hasta sus familias.
La guerra es un poco difícil para entender sobre todo a personas de las principales ciudades donde no les ha tocado convivir con grupos armados, y la zozobra  de que en cualquier momento puedes perder tu vida, sin ningún motivo aparente, solo la disputa entre diferentes grupos armados por el territorio en cuestión. La vida no es fácil cuando a tu alrededor solo hay balas cruzadas y muertes sin justa causa, pero que a pesar de todo eso crees en un mañana mejor y en una humanidad diferente, donde todos seamos iguales sin importar de donde procedamos y las heridas que se traen.
Ser víctima del conflicto armado no te hace menos persona, al contrario tienes mucho que enseñar, porque son las principales personas que saben lo que es la injusticia desde carne propia.(Jaramillo,G.C. comentario hecho desde la vivencia de una víctima).


Abad,C.J. (2016). Las conmovedoras imágenes de Jesús Abad Colorado, el fotógrafo que mejor ha retratado el dolor de la guerra en Colombia.[imagen].recuperado de https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-37452970



(Ministerio del Interior 2015). La Ley 387 de 1997, “por la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia”. • La Ley 1448 de 2011, “por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”.


Igualmente, la Ley de Víctimas en su artículo 174 establece como una de las funciones de las entidades territoriales diseñar e implementar, a través de los procedimientos correspondientes, programas de prevención, asistencia, atención, protección y reparación integral a las víctimas, los cuales deberán contar con las asignaciones presupuestales dentro los respectivos planes de desarrollo y deberán ceñirse a los lineamientos establecidos en el Plan Nacional para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Dichos planes deben garantizar los derechos fundamentales de las víctimas y tendrán en cuenta el enfoque diferencial. (Ministerio del Interior 2015).


Abad,C.J. (2016). Las conmovedoras imágenes de Jesús Abad Colorado, el fotógrafo que mejor ha retratado el dolor de la guerra en Colombia.[imagen].recuperado de https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-37452970


  • Identificación y caracterización de las víctimas por cada enfoque.
  • Identificación de los riesgos específicos y los derechos que son vulnerados.
  • Identificación de las necesidades de cada población en los componentes de la política.
  • Diagnóstico del grado de vulnerabilidad.
  • Oferta institucional Priorización en el acceso Ajuste de acuerdo con las necesidades existentes Ampliación de la cobertura.
  • Participación de la víctima.






Referencias:


- Ministerio del Interior (2015). El enfoque diferencial y étnico en la política pública de víctimas del conflicto armado. Recuperado de http://gapv.mininterior.gov.co/sites/default/files/cartilla_enfoque_diferencial_fin_1.pdf  24 páginas.

Autor: Celeni Jaramillo